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LA TERCERA PLANTA

La principal conclusión del análisis del Decreto 66/2013 que desde el seis de septiembre regula la atención especializada y la orientación educativa y profesional del alumnado en la Comunidad de Castilla-La Mancha, es la subordinación de la Orientación al “diagnóstico, cuanto antes mejor, de las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado”, “el tratamiento específico” y la “selección académica y profesional” del alumnado. En pocas palabras, al servicio de la selección y la exclusión.

El tercer nivel

El MODELO MIXTO DE ORIENTACIÓN (artículo 25.1 c) recupera a los Equipos específicos como alternativa a los frustrados CTROADI para garantizar la respuesta especializada al alumnado con necesidades educativas especiales. (Sobre los rasgos o líneas básicas que definen este modelo y las diferencias existentes con el Decreto 43/2005, en general y en este tercer nivel en particular, ver en esta Web «La Educación del Patito feo«).

Los frutos no se han hecho esperar: De septiembre a enero

El 31 de enero de 2014, cinco meses después, el DOCM publicaba la Orden que crea un “Servicio de Orientación Educativa y Profesional para añadir un “plus” a la “red, subsistema, de Orientación”.

El “SOEP”, ¿podemos llamarlo así?, nace para:

"Reforzar elementos que potencien la buena gestión de los recursos en los centros educativos, así como la eficacia de las medidas 
implantadas para atender a la diversidad".

El Servicio es una novedad pues no se cita de manera explícita en el decreto, aunque contemple, en el tercer nivel, la posibilidad de “regular otras estructuras o mejorar las existentes” (artículo 25.2). ¿Ocultación o arrepentimiento? No vamos a especular, pero su exclusión del decreto permite su futura supresión sin demasiada dificultad.

¿Para qué los “SOEP”?

La lectura de los objetivos (artículo 3), las funciones (artículo 6) y la composición (artículo 4) dejan muy claro que se trata de una “estructura de poder y control” de la Administración educativa sobre el segundo nivel (Equipos de Orientación y Apoyo y Dto. de Orientación). El «nivel» se interpreta como «rango» y «jerarquía» para garantizar la gestión de la diversidad y la orientación educativa y profesional. La mayoría de los objetivos y funciones responden a esta finalidad:

  • Coordinar la respuesta…, a).
a.“organizar y atender”, 
“f. colaborar en la escolarización de los alumnos con necesidades educativas” 
y m. “Participar en la comisión provincial de escolarización del alumnado con necesidades educativas”
h. “Favorecer la adecuada respuesta a la orientación profesional”. 
i. Coordinar los programas de orientación y asesoramiento profesional desarrollados en diferentes 
centros educativos de secundaria…”.
  •  Analizar y proponer los recursos…, b).
b. “Elaborar y elevar informes” 
y d. “Analizar y valorar las necesidades de recursos humanos y materiales”  .
  • Potenciar la orientación técnica especializada externa, c).
“b. coordinar las actuaciones especializadas”.
  • Cumplir las instrucciones en la colaboración entre Servicios Periféricos, d); con los centros, e); y con los organismos, instituciones y asociaciones…,f) que estén relacionados con la diversidad del alumnado.
  • Y  funciones de evaluación y supervisión:
e. “Analizar y valorar informes psicopedagógicos”.
g. “Supervisar” (en coordinación con los Servicios de Inspección) 
y l. “Evaluar anualmente” la respuesta a la diversidad y la orientación educativa y profesional.

Y por último,

  • Informar (conocer y difundir) los materiales y recursos de interés del profesorado, las familias y el propio alumnado con necesidades específicas…, g).

Las tareas de asesoramiento k), siempre a demanda, forman parte de las tareas de los asesores especializados:

Con los Equipos de orientación y apoyo y los Departamentos de orientación, en la detección temprana, para la identificación y valoración 
de las necesidades educativas especiales,
a); el diseño de planes de trabajo individuales y en las adaptaciones curriculares,
 c); y la formación especializada, d) ( desde el Centro Regional de Formación).
Con las familias, sobre métodos y recursos apropiados para la acción educativa, b).

Además de otras que les pueden atribuir, n).

Para ejercer estas funciones, actúan  «directamente en los centros educativos, con presencia periódica, j) ”. Las actuaciones de asesoramiento y colaboración, «técnicas y especializadas», son “coordinadas” (con ellos mismos y otros servicios, en especial con la Inspección), “constantes” e  “inmediatas” (al margen de planificaciones y previsiones) (artículo 7. Criterios de actuación) ¡¡¡Venga ya!!!

Quiénes son y dónde se ubican/ [1+2+ (x)] 

En cada servicio periférico provincial se ubica un “SOEP” compuesto por el asesor técnico de orientación y atención a la diversidad como “coordinador jefe”; dos orientadores como técnicos especializados (CEIP y ESO); en su caso, otros especialistas y los equipos específicos (discapacidad motora, auditiva, visual, intelectual, trastornos del espectro autista y trastornos de la conducta, altas capacidades, atención temprana y dificultades de aprendizaje) (artículo cuatro). En principio no incluye, tampoco lo niega, el acceso a este servicio de otros profesionales específicos como los Pt, Al…

El coordinador jefe, responsable político nombrado por la Consejería, (artículo 6.2) asume la representación, la coordinación con otros servicios, la elaboración de los documentos programáticos (artículo 8. La programación anual y la memoria anual) y las que les encomienden.

El resto accede por concurso de méritos (igualdad, mérito, capacidad y publicidad) y permanece en comisión de servicios cuatro años, renovables por otros cuatro más (artículo 5. Acceso y duración). Nada dice de su rol económico ni de los méritos atribuibles, tampoco se contempla la formación

Calificar esta estructura de “abierta y flexible” es una manera de decir que pueden cambiarla a conveniencia sin otro control que su arbitrariedad. La realidad es que engordan la estructura de los servicios periféricos que en principio pensaban adelgazar.

Control, seguimiento y evaluación.

La Dirección General de la que dependen orgánicamente es la encargada, cada cuatro años, del seguimiento y evaluación (artículo 9). La responsabilidad evaluadora de los servicios y programas de la Inspección de Educación, servicios y programas no se contempla.

El poder está en la tercera planta

La descentralización, el asesoramiento colaborativo y la coordinación entre iguales de los CTROADI (“elaboración, adaptación, difusión y préstamo de materiales”) y CEP/ CRAER (asesores de orientación y POZ), instrumentos al servicio de un modelo interno/inclusivo de Orientación, dan paso a los “SOEP”  como herramienta centralizada y de control de la Administración educativa.

Las evaluaciones realizadas demostraron que la práctica de estos instrumentos era manifiestamente mejorable pues dependieron en exceso de la iniciativa de sus responsables y no contaron con el apoyo suficiente de la Administración educativa, pero ¿la recuperación de la vieja estructura de las Unidades de Programas de las Delegaciones Provinciales, aunque se refuerce con recursos, va a ofrecer una respuesta mejor? ¿Lo pretende? NO.

La organización vertical y jerarquizada de las relaciones va en detrimento de las iniciativas, autonomía, colaboración y cooperación entre iguales. ¿Se trata de eso? Ciertamente no era suficiente con el control de los directores (elección y responsabilidades) y la supervisión de la inspección de educación, y había que buscar otro sistema que asegurara la dependencia, aún a costa de interferir en la autonomía de los centros y crear una doble dependencia de sus recursos.

Para ser eficaces es necesario asegurar que se cumplen las directrices que emanan de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Disposición adicional segunda. “Planificación de la orientación educativa y profesional” del Decreto 66/2013) sin interpretaciones y desviaciones.

Conociendo el “percal”, sabemos que el interés técnico, innovador y de mejora desde una perspectiva inclusiva dará paso al tratamiento específico y al ajuste de los recursos.  La “gestión eficaz” se entiende desde el criterio de rentabilizar al máximo los recursos promoviendo respuestas homogéneas de carácter colectivo en todas las medidas.

El asesoramiento como una tarea planificada y sistemática se sustituye por la santificación de una respuesta a demanda. Esta intervención difícilmente puede ser calificada de inmediata (lista de espera) y constante (puntual).

Por último, la orden confirma la desconfianza hacia pureza del ángeles. La Inspección de Educación es un servicio más con el que hay que coordinarse para supervisar la respuesta a la diversidad en los centros (artículos 6.1 g; 6.2; y 7.1).

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