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Las rendijas de la ley

“Hendidura, rajas o abertura, que se produce en cualquier cuerpo sólido y que lo atraviesa parte a parte, puede entrar la luz y el aire”

Mucho hemos leído sobre las razones y, sobre todo, los efectos de la LOMCE. Basta con consultar las hemerotecas para releer los artículos que destacan o denuncian sus “claves”. Unos y otros repasan con un tono más o menos apocalíptico los aspectos más destacados y polémicos de la Ley. En la página WEB del MECD publican, orgullosos, un recopilatorio de sus novedades.

Nosotros para no ser menos, también hemos dedicado muchas horas y, quizás, demasiadas palabras a buscar los cambios y las omisiones desde la presentación del primer borrador (25 de septiembre de 2012) hasta la publicación definitiva en el BOE (10 de diciembre de 2013). El análisis puede consultarse en el monográfico publicado en la WEB. En él, encontrarán las valoraciones parciales y definitivas. En particular el último análisis, “5. Futuro simple: “El cierre en falso, valora las últimas modificaciones (“La cuantificación y cualificación de los cambios:  el último texto”), profundiza, título a título, en cada una de sus partes (“El análisis de los cambios”) y recoge una síntesis valorativa del conjunto (“El significado de los cambios”).

Nunca hemos cuestionado el derecho de la mayoría conservadora a legislar para decirnos como les gustaría educar a sus hijos y cuál debe ser el itinerario educativo que deben seguir los de los demás, aunque lo hagan sin buscar el consenso. Simplemente no nos gusta y estamos obligados a decirlo.

Hoy, la ley entró en vigor el pasado 30 de diciembre, es necesario cambiar de actitud, pasar de la critica destructiva a la aplicación crítica. En estos comentario buscamos, desde una lectura positiva, identificar aquellas rendijas por las que un punto de luz se cuela o las grietas donde poder clavar la estaca para seguir construyendo, sin sus interferencias nuestra práctica educativa.

Seamos prácticos, interesa aprovechar la ocasión y aceptar la oferta que con su perversa sonrisa nos ofrece el Joker,  “una norma no es nada sin sus actores”, para seguir el camino que le permita a nuestro alumnado ser más competente, más libre, más crítico y mejores ciudadanos.

El profesorado como colectivo, equipo de centro, o de manera individual tiene resortes suficientes para interpretar esta ley y buscar en su discurso sus “rendijas” (así lo hemos llamado) para ponerlas al servicio de su alumnado.

Es cierto que se puede esperar de forma pasiva a que sea la propia Administración educativa de la Comunidad Autónoma la encargada, con sus menguadas competencias, de dar la vuelta a algunos de los significados. En este sentido Andalucía (y otras comunidades) ya han anunciado cambios concretos (mantener los ciclos, reducir al mínimo las horas de religión…) o bien depositar toda la fe en la capacidad del director o directora del centro para enfocar desde una perspectiva democrática su fortalecida autoridad.

Pero, pensamos que el camino es más directo si somos capaces de localizar aquellas medidas que, desde nuestra reconocida autoridad pública, nos permiten reinterpretar los cambios. Se trata de ir un paso más allá que limitarnos a esperar lo que hacen otros o denunciar las incoherencias de esta ley que aunque mantiene los fines, los principios y los objetivos, los desvirtúa al pervertir el lenguaje y adoptar decisiones en la dirección contraria.

Desde este criterio, PODEMOS:

1º Configurar la oferta formativa y el horario del centro.

“1º (…) Configurar la oferta formativa. (…) 3.º Determinar la carga horaria correspondiente a las diferentes asignaturas”. Punto “Cinco” «Artículo 6 bis, a). Distribución de competencias”.

Cerrados los elementos claves del currículo por el Gobierno y establecidos los límites (“plantilla y cupos”) por la Administración educativa, PODEMOS, eso sí, siempre que contemos con la complicidad del director demócrata (lo hemos elegido por eso) y del inspector de la LOE (nada cambia) sacar adelante nuestra propia oferta. Mantenemos la competencia del Claustro de participar en la toma de decisiones pedagógicas (artículo 119) para aprobar la concreción del currículo (artículo 129). Si lo que nos proponen no nos parece, podemos decir alto y claro, ¡¡¡NO!!!.

2º. Reescribir las Programaciones didácticas en los Departamentos didácticos y equipos docentes.

“1º Complementar los contenidos de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica. 2.º Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios.  Punto “Cinco” «Artículo 6 bis, a). Distribución de competencias.

La LOMCE nos brinda la gran oportunidad de tirar a la basura la añeja Programación didáctica y elaborar una nueva. ¿Con qué límites? Los anexos del proyecto unificado de real decreto (aunque se desdoble por la presiones, aventuramos que no se modificará su contenido) cierran los contenidos, los criterios de evaluación y los indicadores de evaluación de las asignaturas troncales y las específicas (únicamente los dos últimos elementos). Desconocemos los contenidos de las asignaturas específicas y todos los elementos curriculares del bloque de libre configuración pues son competencia de las Administraciones educativas.

Algunos afirman que los contenidos de las asignaturas son cerrados y exhaustivos y dan muy poco margen para aumentarlos. En la primera lectura hemos descubierto que, a diferencia de los reales decretos de mínimos de la LOE, excluyen los objetivos de cada una de las asignaturas, no citan las llamadas competencias correspondientes, y, los autores tienen problemas para diferenciar los criterios de los indicadores de evaluación.

No esperamos que los decretos de las Comunidades Autónomas sean menos invasivos (seguramente Castilla-La Mancha se lleva la palma) y desconocemos si incluirán la formulación de los objetivos y cerrarán la temporalización curso a curso en Educación Primaria y curso o ciclo en la ESO.  Sea cual sea la fórmula que utilicen, ofrecen la oportunidad de completar todos los elementos del currículo (punto “seis”, artículo 6), de ir más allá de la copia y PODEMOS, ya sea uno a uno o por equipos pedagógicos (¿de curso o ciclo? o Departamentos didácticos):

  • Establecer los objetivos y las competencias correspondientes de todas las asignaturas.
  • Completar los contenidos” y establecer la secuenciación por cursos.
  • Diseñar los “métodos pedagógicos.
  • Copiar los “criterios de evaluación” y los “estándares de evaluación”, y en su caso, secuenciarlos los cursos.

3º. Seguir trabajando las “Competencias Básicas” desde los objetivos, los contenidos, la metodología y la evaluación.

La segunda versión de la LOMCE (19 de diciembre de 2012) fue la encargada de censurar y eliminar la referencia a las “Competencias Básicas”. El proyecto de real decreto les da un cierto protagonismo en el prólogo al citar la Comunicación lingüística y STEM- matemáticas, ciencia y tecnología, e ingeniería.

Esta exclusión no impide que utilicemos la oportunidad que nos ofrecen los llamados “contenidos comunes” (o transversales, según el proyecto de real decreto), los principios pedagógicos, la metodología y la propia evaluación para seguir trabajando por y para el desarrollo de esas Competencias que en Europa se consideran claves.

PODEMOS incorporar a nuestras Programaciones didácticas y, sobre todo, en nuestra práctica (puntos “siete”, “nueve”, “diez”, “quince” y “dieciséis” de los artículos 18.6, 24.5 y 25.8):

  • Las habilidades de comprensión lectora, expresión oral y escrita de la “Competencia en Comunicación lingüística”.
  • Las habilidades de cálculo y resolución de problemas de la “Competencia Matemática”.
  •  Las habilidades de comunicación audiovisual y TIC del «Tratamiento de la información y Competencia digital».
  •  Las habilidades de participación democrática de la “Competencia Social y ciudadana”
  •  Las habilidades de “emprendimiento” (¡qué palabro!) de la «Competencia en Autonomía e iniciativa personal».
  • Las habilidades de estudio y trabajo de la Competencia en “Aprender a aprender”
  • El sentido artístico y la creatividad de la «Competencia artística» y de la Competencia en «Autonomía e iniciativa personal».
  •  La afectividad de la Competencia en «Autonomía e iniciativa personal» (en nuestro caso de la «Competencia Emocional»).

Además, las habilidades de comprensión y expresión oral de la Comunicación Lingüística en lenguas extranjeras (puntos “once” y “diecisiete” de los artículos 19.4 y 26.6). Y de acuerdo con las disposiciones adicionales (cuarta. “Promoción de la actividad física y dieta equilibrada” y cuadragésima primera. “Prevención y resolución pacífica de conflictos y valores que sustentan la democracia y los derechos humanos”)

  • Las habilidades y valores asociados a la salud y en consumo de las Competencias “Científica” y “Social y ciudadana”
  •  Las habilidades y valores sociales de la “Competencia social y ciudadana”.

A través de la metodología (punto «diecisiete», artículo 26)

  • La capacidad de aprender por sí mismos de las Competencias en “Aprender a aprender” y “Autonomía e iniciativa personal”
  •  Las habilidades para trabajar en equipo de las Competencias en “Aprender a aprender”, «Social y ciudadana”, “Autonomía e iniciativa personal” y “Emocional”.

Y, si estamos en Educación Primaria,  en las evaluaciones individualizadas de la Educación Primaria (artículos 20. Evaluación durante la etapa, punto “doce» y artículo 21. Evaluación final de Educación Primaria, punto “trece”) citan las competencias en comunicación lingüística y matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología (es la única referencia al término que se mantiene). Son las mismas competencias destacadas por PISA y otros estudios internacionales y por la Evaluación General de Diagnóstico (añadía la Competencia Social y Ciudadana). La referencia desaparece en la ESO donde la evaluación final es por asignaturas.

4º. Realizar innovaciones y experimentaciones desde la autonomía

También PODEMOS seguir “experimentando”, desarrollando “planes de trabajo”,  buscando “formas de organización”, ampliando “el horario escolar” y, añaden, “el calendario escolar” (artículo 120.4, punto “setenta y tres”).

Además PODEMOS convertirnos en un centro de especialización curricular (¿si somos IES?) para que el Proyecto Educativo sea dos veces singular (artículo 121.7 y 8) “Proyecto educativo”, (puntos “setenta y cuatro”, y “setenta y cinco”) siempre que la Administración educativa nos autorice.

Además PODEMOS participar en la competición para participar en las “Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes” (artículo 122 bis, punto “setenta y siete”) para ser “excelentes” (EFQM), “formarnos más y mejor”, “aumentar el rendimiento escolar o seleccionar mejor”, “atender al alumnado específico de forma más especifica”, y fabricar recursos didácticos para las  plataformas digitales compartidas.

También PODEMOS decir NO a esta vía competitiva y trabajar desde la innovación por inclusión, contra la selección prematura y la repetición, el consejo de orientación selectivo, etc.

Bien es cierto que, en este caso, nuestro director o directora no podrá elegir a algunos profesores y nosotros vamos a quedarnos fuera de las recompensas que ofrecen (medidas honoríficas de reconocimiento de los centros y puntos en la carrera profesional).

No debemos olvidar que somos competentes para realizar propuestas de  elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual (artículo 129.a);  promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro (artículo 129. d) y fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos (artículo 129. c)

Si lo hacemos, estamos convencidos que podremos salir al mercado sin complejos y afrontar con éxito la Campaña de Admisión.

5º Organizar ámbitos en primero de la ESO.

Seguimos contando con la posibilidad de establecer ámbitos de conocimiento, eso sí en el primer curso (punto  “quince”, artículo 24.7 Organización del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria). El argumento para hacerlo lo ofrece el mismo proyecto de real decreto (artículo 24): “la agrupación de materias en ámbitos destinada a disminuir el número de profesores y profesoras” .  Eso si, por si nos quedaba alguna duda aclara, “deberá respetar los contenidos, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación de todas las materias que se agrupan, así como el horario asignado al conjunto de ellas”. 

PODEMOS, por tanto, reducir la fragmentación sumativa de asignaturas para facilitar la transición de primaria a secundaria y así crear unas condiciones menos favorables al triunfo del fracaso. ¿QUEREMOS?  ¿Cuántas ocasiones hemos desperdiciado desde que se implantó la LOE? En el decreto de desarrollo de la LOE de nuestra Comunidad Autónoma incluimos un anexo con la organización por ámbitos.

6º. Desarrollar una verdadera evaluación formativa.

La gran sorpresa del texto definitivo de la LOMCE es la sustitución en la ESO de la evaluación «diferenciada» por materias por la «formativa» e «integradora» (artículo 28. “Evaluación y promoción”, punto “diecinueve”). La LOE no había llegado a tanto. Esta definición, supuestamente no cambia nada porque las decisiones de promoción o repetición se toman por el número de asignaturas suspensas y en este proceso los compañeros que imparten Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas tienen todos los ases en la manga.

Pero PODEMOS llegar a las sesiones de evaluación cargados de argumentos para defender las virtudes y beneficios de la promoción en la evolución académica. El fracaso de la repetición ya está más que demostrado.

7º. Redactar aprobar y aplicar el plan de convivencia y las normas de organización y funcionamiento basado en los principios y valores de una sociedad democrática.

Estamos obligados a redactar un plan de convivencia (normas de convivencia y conducta) que forma parte de la PGA (artículo 124,  punto “setenta y ocho”) y somos educadores, no vigilantes. Todos, el alumnado también, tiene el derecho a la presunción de inocencia. Sabemos que convivir no es obedecer y queremos que nuestros alumnos aprendan a participar participando. La eficacia de la medidas no está en la inmediatez de la respuesta, está en la implicación del alumnado en las decisiones. Aprovechemos la AUTORIDAD otorgada para implicar y comprometer a los alumnos no para reprimirlos. Un centro educativo no es una cárcel. ¡PODEMOS!

8º. Poner en marcha una cooperativa de materiales,

La continuidad y el coste de los libros de textos es una de las cuestiones que está resultando más polémica de la aplicación de la LOMCE. La propia ley se hace eco de un sistema de préstamo gratuito de libros en la disposición adicional quinta.

PODEMOS aprovechar la ocasión para acabar con la enseñanzas libresca, aprovechar los recursos de la sociedad de la información y la comunicación y, sobre todo, COMPARTIR. ¿QUEREMOS?

Y nueve

Tenemos muchas razones para sobrevivir a esta ley y PODEMOS negarnos a convertir el proceso de enseñanza y aprendizaje en un preparatorio para superar las pruebas individualizadas y las reválidas.

Por último, si estamos muy hartos, podemos crear nuestra propia escuela y pedir a la Administración educativa que nos ceda suelo público para VOLVER A BARBIANA.

Demoler

el capitalismo será un acto de piedad

hacia los ricos

Jorge Riechmann, 1962

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